
Establécese que los entes y empresas con participación del Estado Provincial, cualquiera sea su naturaleza y composición accionaria; Servicios Públicos Sociedad del Estado (SPSE); Instituto de Desarrollo Urbano y Vivienda (IDUV); DISTRIGAS S.A.; Banco Santa Cruz S.A. y otras que en el futuro puedan crearse; que emitan facturas o resúmenes, en formato físico y digital, mensual o bimestral, deberán incorporar un recuadro con las fotografías e información de personas desaparecidas, tanto de residentes de la Provincia como de habitantes de otras provincias, cuya desaparición hubiera ocurrido dentro del territorio provincial.