
Créase un Régimen de Promoción de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas en el ámbito de la Provincia de Santa Cruz para el tratamiento fiscal de las inversiones que realicen en bienes de capital nuevos que revistan la calidad de bienes inmuebles, muebles e inversiones en obras de infraestructura. El presente Régimen se aplicará en todo el territorio de la Santa Cruz con los alcances y limitaciones establecidos en la presente ley y las normas reglamentarias que en consecuencia dicte el Poder Ejecutivo enmarcado en políticas estratégicas para el desarrollo de la provincia.